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Según Canabellas, (2010), el Derecho del Trabajo “es el conjunto de principios, normas e instituciones que protegen, dignifican y tienden a reivindicar a todos los que viven de sus esfuerzos materiales o intelectuales para la realización de su destino histórico y socializar la vida humana" (p.38). Los trabajadores representan la mitad de la población en todo el mundo y son las personas quienes contribuyen en mayor medida al desarrollo económico y social de muchos países, por tanto, la salud y el bienestar de los trabajadores son importantes, en este sentido la calidad de vida laboral, así como proteger y promover la seguridad, salud y bienestar de los trabajadores deben ser cuestiones prioritarias. (Salanova, 2009).
Según la OMS,(2017) El 75 a 80 % de los trabajadores en el mundo no gozan de la plena garantía de sus derechos laborales y esto se acentúa en los países desarrollados y aumenta los factores que generan o causan el incumplimiento de los derechos laborales en los países en vías de desarrollo como nuestro país que se encuentra dentro de este mismo o peor contexto, a nivel local esta realidad se hace latente en la mayoría de los sectores de producción económica, tal es así que en el sector terciario donde se posiciona a las pequeñas empresas comerciales que constituyen el sector mayoritario que otorga puestos laborales a la población de la comunidad se pueden evidenciar manifiestas prácticas en detrimento del trabajador, por tal razón es necesario responder éstas interrogantes ¿Cuáles son las prácticas más frecuentes de incumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores?¿Cuentan con un contrato laboral entre empleador trabajador?
¿Cuáles son las remuneraciones que perciben? ¿Qué condiciones de salubridad e higiene presentan los espacios laborales? ¿Cuáles son las jornadas laborales que cumplen la mayoría de los trabajadores? ¿Cuáles son las gestiones de políticas públicas que se realizan sobre las condiciones laborales del trabajador en la zona? Con una investigación se podrá determinar las prácticas más frecuentes de cumplimiento de los derechos laborales de los trabajadores de las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Ayolas, Misiones, y las gestiones de políticas públicas realizadas en el sector, con ello se podrá ayudar a mitigar la situación evidenciada con la realidad descripta.
- Indagar sobre las remuneraciones que perciben los trabajadores de las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Ayolas, Misiones
-Describir las condiciones de salubridad e higiene presentan los espacios laborales de las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Ayolas, Misiones
- Determinar las jornadas laborales que cumplen la mayoría de los trabajadores de las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Ayolas, Misiones.
-Evaluar las gestiones de políticas públicas que se realizan en la zona para la observancia de las condiciones laborales de los trabajadores de las pequeñas empresas comerciales de la ciudad de Ayolas, Misiones.
A partir de la revisión de la bibliografía y la aplicación de los instrumentos de recolección de datos, su procesamiento e interpretación y atendiendo los objetivos de la presente investigación se puede concluir;
En lo que respecta a la remuneración que perciben los trabajadores de las pequeñas empresas comerciales el mayor porcentaje de la población de trabajadores perciben una remuneración mensual inferior al salario mínimo y el único beneficio anual que perciben es el aguinaldo.
En cuanto a las condiciones de salubridad e higiene que presentan las pequeñas empresas comerciales la mayoría de los recintos laborales no cuentan con señaléticas, extintores, ni botiquín de primeros auxilios, los espacios de trabajos son reducidos con poca aireación y ventilación, son limpias y en buenas condiciones edilicias, con una antigüedad menor a 5 años de habilitación, muchos trabajadores utilizan uniforme, pero no medidas de protección o seguridad como tapabocas o guantes. Un porcentaje mínimo de trabajadores cuentan con seguro social del Instituto de Previsión Social.
En cuanto a las jornadas laborales la mayoría de los trabajadores r cumplen una jornada laboral de 8 horas diarias, y la variación se da de acuerdo a la naturaleza del ramo o las temporadas.
Las principales debilidades de la institución pública encargada de la vigilancia de los derechos laborales en la zona, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, es la falta de recursos humanos y materiales, los sectores de trabajadores y empleadores no perciben sus gestiones y existe desconocimiento de las funciones que cumple y las actividades que realizan en la zona. La jurisdicción de la Oficina Regional es muy amplia ya que abarca dos Departamentos situación dificulta llegar a toda la población.
La gestión de políticas públicas en materia de derechos laborales en la zona es muy débil no existen observancias ni intervenciones de las condiciones laborales en el sector. La Oficina Regional del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social participa en mediaciones en conflictos laborales denunciados y realiza programas de difusión de los derechos laborales.
SAMPIERI, R., Hernández, C. y Lucio, P. (2014) “Metodología de la Investigación”
Sexta Edición. Editorial McGraw-Hill. Ciudad de México. México.
ACOSTA, Cesar. (1944). “Social legislation in Paraguay, en: International Labour Review” Vol. 50, no. 1, pp.40-46.
ADAMS, Zoe y Simon Deakin. (2014). “Soluciones institucionales a las precariedad y desigualdad en el Mercado Laboral” .779-809.
ARGUELLO, (2002). “Introducción del Derecho al Trabajo”. Madrid
BÁEZ, Cecilio. (1927). “El Derecho Obrero”, en Revista de Derecho y Ciencias Sociales.
N° 5 Asunción, Imprenta Nacional.
BECCARIA, Luis y Maurizio, Roxana. (2014). “Hacia la protección social universal en América Latina: Una contribución al debate actual.” Problemas del desarrollo, Universidad Nacional Autónoma de México vol.45, n.177, pp.37-58.
BRAVO, (1998). “Metodología de la Producción Científica”. México.
BRONSTEIN, Arturo. (1998). “Pasado y Presente de la Legislación laboral en América Latina”. San José de Costa Rica, Equipo Técnico Multidisciplinario – Organización Internacional del Trabajo (OIT). En línea en Disponible en: http://www.ilo.org/public/spanish/region/ampro/mdtsanjose/ papers/pasado.htm
CANABELLAS, (2010). “Derecho al trabajo”. Venezuela.p.38 CORONEL Jorge. (2014). “El movimiento obrero”. Asunción, El Lector
CARONI, Carlos A. (1954). Derecho del Trabajo “Estudio de su desarrollo en el Paraguay”.Asunción, Editorial 14 de Mayo
GUERRA, (2002). “El trabajo, ser y hacer del hombre”. Montevideo. Uruguay. CÉSPEDES, Roberto. (2009). “Autoritarismo, sindicalismo y transición en el Paraguay
1986-1992”. Asunción, Germinal y Arandurâ.
CORONEL Jorge. (2014). “El movimiento obrero”. Asunción, El Lector
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY. (2003).
“Digesto Normativo sobre las leyes laborales en el Paraguay. Publicado con auspicios del International Work Group for Indian Affairs (IWGIA) y la organización civil”. Tierra Viva. Asunción.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY. (2015).
“Derecho laboral. Aportes doctrinarios”. Tomo I. Asunción, Corte Suprema de Justicia.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY. (2017).
“Derecho laboral. Tomo II. Vol. II. Constituciones, Instrumentos internacionales, Códigos, Leyes y Decretos”. Asunción, Corte Suprema de Justicia.
DICCIONARIO LAROUSSE. (2010).5° Edición.España.p.322
DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA. (2020).
“Versión electrónica”. Madrid.España.p.423
DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA, ENCUESTAS Y CENSOS (DGEEC).
(2020). “Serie comparable de Encuesta Perma- nente de Hogares (EPH) 1997/98 – 2019”. Disponible en https://www.dgeec.gov.py/microdatos/microdatos.php #collapse-
DUARTE, Ciríaco. (1987). “El Sindicalismo Libre en el Paraguay”. Asunción, RP ediciones. Revista de la Escuela de Comercio. Asunción. Año 1917.
FLORES, Fernando (2017).”Derecho del trabajo”. Buenos Aires. Argentina
FRESCURA Y CANDIA, Luis P. (1940). “Curso de Legislación del Trabajo”. Asunción,
FRESCURA Y CANDIA, Luis P. (1967). “Derecho Paraguayo del Trabajo”. estudio de doctrina y legislación. Tomo I. Asunción, e/a.
GASPARINI, Leonardo y Mariana Marchionni. (2015). “Bridging Gender Gaps?
The Rise and Deceleration of Female Labor Force Participation in Latin America: An overview, Working Papers”. CEDLAS, Universidad Nacional de La Plata.
HERNÁNDEZ, FERNÁNDEZ & BAPTISTA. (1991). “Metodología científica”.México https://www.significados.com/derecho-laboral.
JOHNSTON, Hannah y Chris Land (2018). “Representación, voz y
negociación colectiva: la sindicalización en la economía del trabajo esporádico y por encargo”. Serie Condiciones de Trabajo y Empleo No. 94. Organización Internacional del Trabajo (OIT).
LÓPEZ, Meireles (1995). “Jurisprudencia del Derecho Laboral”. San Paulo.Brasil
LORENZETTI, Pablo. (2004). “Introducción al derecho del trabajador”. Buenos Aires.p.7
MERSÁN, Carlos. (1954). “Manual de Legislación y Jurisprudencia del Trabajo”.Asunción, Editorial Arte.
MILARES, Eldis (2000). “Derecho laboral –Doctrina y Práctica”. Editora Milares.San Paulo. Brasil.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y TRABAJO. (1973). “Informe correspondiente al año
1972” .Subsecretaría de Informaciones de la Presidencia de la República. Asunción.
MORELLO, A (1993). “La Defensa de los derechos laborales”. Editora J.A. Argentina.
MURRAY & LARRY (2005). “Avanzando hacia la metodología científica”.OIT. (1998).
Conferencia del trabajo de los estados de América miembros de la Organización Internacional del Trabajo, Santiago (Chile), 2-14 Enero de 1936, Actas de las Sesiones (Ginebra).
OIT. (2010). “Informe al Gobierno de Paraguay sobre el proyecto de Código Laboral.
OIT/TAP/ Paraguay/R.4”, Ginebra.p.22
OIT. (1995). “Informe Relasur. Las relaciones laborales en el Cono Sur: Estudio comparado”. Madrid, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
OMS. (2017). “Informes de trabajadores bajo condiciones de riegos y peligros laborales en el mundo”. New York.
PAIVA, Félix. (2014). “Estudio de la Constitución del Paraguay” conferencias dadas en
la clase de derecho constitucional. Asunción, Imprenta Nacional.
PÉREZ, Alfredo. (2000). “El nuevo derecho”. Buenos Aires.
RIVAROLA, Milda. (1993). “Obreros, Utopías y Revoluciones. La formación de las clases trabajadoras en el Paraguay liberal 1870 – 1931”. Asunción.
RIVAROLA, Fernando (2021). “Principales cambios experimentados en el Mercado
Laboral del Paraguay”. Fundación Friedrich Ebert Marcelo T. de Alvear 883 | 4º Piso (C1058AAK) Buenos Aires – Argentina Disponible en www.fes- paraguay.org
RODRIGUEZ, Ramos (2017). “Política Legislativa Laboral del trabajador”. Asunción.
Paraguay
SALDÍVAR Gonzàlez, Maria Teresa (compiladora). (2014). “Compiladora del Marco
normativo del Derecho Laboral sobre la Seguridad y la Salud en el Trabajo” – II tomos. Asunción, Arandura.
SALANOVA, (2009). “Estadísticas laborales”. Uruguay.
TORRES Kimser, José Raúl. (2005). “La jurisdicción laboral en el MERCOSUR”, en Revista Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Asunción, pp. 57-64.
VELÁZQUEZ, David (2017). “El desarrollo de la institucionalidad del trabajo, empleo y seguridad social en el Paraguay (1870-2013)”. Asunción Paraguay